Por
q̃
que
aũque
aunque
no sea pecado en los
Principes, ni en otros, el juntar, i
guardar riquezas, lo es, el gastarlos prodiga, ò
descōpassadamente
descompassadamente
,
en especial
quādo
quando
las juntaron con
afanes de sus vassallos, ò por la falta
q̃
que
estos gastos les hazen, los han
de bolver à poner en otros iguales
ò mayores trabajos, segun la dotrina de S. Tomas,
cō
con
quien
contestā
contestan
quantos escriven desta materia.