Sin que de esta les releve à los Indios su rusticidad, pues tambien los rusticos pagan diezmos, i esta debe ser en ellos su primer ley Agraria, como lo dize bien (despues de otros) Renato Copino,
añadiendo, que no solo por los diezmos, sino tambien por las costas que en sus pleitos se causan, pueden ser convenidos, i encarecelados; refiriendo para ello un Arresto del Senado Parisiense.
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