Sin que de esta les releve à los
Indios su rusticidad, pues tambien
los rusticos pagan diezmos, i esta
debe ser en ellos su primer ley Agraria, como lo dize bien (despues
de otros) Renato Copino,
añadiendo, que no solo por los diezmos, sino tambien por las costas
que en sus pleitos se causan, pueden
ser convenidos, i encarecelados;
refiriendo para ello un Arresto del
Senado Parisiense.