Lo tercero, funda esta mesma obligacion de los Indios en pagar diezmos, que como el Rey tiene fundada su intencion en cobrar de ellos los tributos generalmente, como lo dixe en el capitulo 19. tā bien tambien las Iglesias, i los Eclesiasticos, fundan la suya, en cobrar los diezmos de todo genero de personas, como lo dize la ley de Partida, i textos que se han referido, i otros muchos à cada passo.
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