Lo
tercero, funda esta mesma
obligacion de los Indios en pagar
diezmos, que como el Rey tiene
fundada su intencion en cobrar de
ellos los tributos generalmente,
como lo dixe en el capitulo 19.
tā
bien
tambien
las Iglesias, i los Eclesiasticos,
fundan la suya, en cobrar los diezmos de todo genero de personas,
como lo dize la ley de Partida, i
textos que se han referido, i otros
muchos à cada passo.