I despues de esto, hallo, que en
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la Nueva-España se mandò, que
los Indios dezmassen, por lo menos del ganado, trigo, cebada, i
seda, por cedula del año de 1536.
dirigida al Virrey don Antonio
de Mendoza, i por la que el año de
1546. se despachò en confirmacion
del Concilio Mexicano, i estas se
mandaron guardar en la Provincia de Quito, por cedula del año
de 1554. i en la de Lima por otra
del de 1557.