I à esto mesmo mira la ley, que
llaman de la sucession, de estas Encomiendas, en quanto dispone, i
manda, que si alguna muger, que se
halla con ella, se casare con marido
que tambien la tenga, ò algun hijo
Encomendero, quisiere suceder en
otra Encomienda, que aya vacado
por muerte de su padre, ayan de hazer la mesma eleccion, de que trataremos en el capitulo de estas sucessiones.