I aora, para que del todo cesse
el escrupulo, añado
vtilmẽte
vtilmente
, que
esta concession de diezmos, que se
suele hazer à los Reyes, no se dirige tanto al mesmo derecho de
percebirlos, i gozarlos en titulo
proprio; porque esso se tiene por
cosa espiritual, i por el consiguiente excluye seglares; quanto à los
frutos temporales, que proceden,
i
resultā
resultan
de los mesmos diezmos,
en que, como lo
dizẽ
dizen
algunos Textos, i infinitos Autores,
no se
considera cosa alguna espiritual, i
assi pueden caer, ò estar en personas legas. I assi luego, que tales
frutos, por privilegio del Papa,
llegan à pertenecer à Principes seculares, se cuentan entre sus Regalias, i se juzgan i reputan por bienes
tẽporales
temporales
, i patrimoniales suyos, como expressamente lo ense
ña una celebre Glossa, comunmente recebida por infinitos Autores
Antiguos, i Modernos, que junta
diligente, i copiosamente nuestro
don Iuan del Castillo, i don Francisco Salgado.