Lo qual concurriendo, afirman muchos, que aunque sea verdad, que los Racioneros no son del Cabildo por derecho ordinario, aviendo costumbre, ò estatuto que disponga lo contrario, pueden serlo, i llamarse Capitulares, i por el consiguiente, tener parte, i voz, i voto en todos los actos, i facultades, que convinieren, i compitieren à tales Capitulares, segun dotrina de Abad, latamente seguida, i ilustrada por Veralo, Ricio, i otros que refiere Agustino Barbosa.
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