Pero si excediendo de este compàs, se probasse, que la enemistad que el Fiscal tiene contra los reos, es capital, ò que les ha hecho graves amenaças con estos pleitos, mostrandose escandecido con ellos, ò que los sigue mas por vengā ça vengança , que por justicia, ò intervinieren otras tales razones, i causas, que descubran, que procede apassionadamẽ te apasionadamente , no dudo que podrà ser recusado, i en este caso se podràn verificar i ajustar las razones, i autoridades que he considerado por la parte afirmativa, i la regla general que enseña, que puede ser recusado qualquiera que ocultamente, con la mano i pretexto de su oficio, nos puede hazer daño, de que dizen mucho Alvaro Valasco, i Muñoz de Escobar.
En el qual numero no podemos negar que entra, i se debe contar el Fiscal, que es gravemente enemigo i contrario à la parte. Siendo assi, que como dize Mornacio,
su oficio en las causas publicas i particulares, debe ser el que antiguamente hazia el Coro en las Tragedias, culpando lo que era mal hecho, alabando lo que se hazia bien, i prescribiendo modo, i norma ajustada à todos los casos que se ofrecian, como elegantemente lo dexò dicho Horacio en su Arte Poetica.
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