Porque el fin è intento principal de lo que se haze, es el que en primer lugar se debe atender en todas las cosas; i quando este en lo sustancial se consigue, nunca se suele reparar mucho en si se pecò algo en los medios i modos, ni la deformidad de la obra se considera, quā do quando se halla sana, santa, i recta la intencion del operante.
I el derecho nos enseña, que en el concurso de dos causas, vna que aprove cha, i otra que dana, aquella se ha de mirar, i debe prevalecer, i no esta, especialmente quando es mas util i favorable.
Loading...