I como despues en los principales pueblos i repartimientos de los Indios, ò en sus cabeceras, se pusieron Corregidores Españoles para que los governassen, i amparassen, i recogiessen sus tributos, estos conocen de todas sus causas civiles, i criminales, que puedan ser de alguna consideracion, i à los Caciques, solo les toca cobrar las tassas de sus sujetos, i llevarlas al Corregidor, i buscarlos i juntarlos para que vayan à las mitas, i otros servicios personales, à que deben acudir, i entender en otras ocupaciones menores; i en recompensa de este trabajo les pagā pagan los demas Indios cierto salario, que les està cargado en sus mesmas tassas, i estan obligados à servirles en algunos ministerios domesticos, i traer les yerva para sus bestias, i leña i agua para sus casas.
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