I como despues en los principales pueblos i repartimientos de los
Indios, ò en sus cabeceras, se pusieron Corregidores Españoles para que los governassen, i amparassen, i recogiessen sus tributos, estos conocen de todas sus causas civiles, i criminales, que puedan ser
de alguna consideracion, i à los Caciques, solo les toca cobrar las tassas de sus sujetos, i llevarlas al Corregidor, i buscarlos i juntarlos para que vayan à las mitas, i otros
servicios personales, à que deben
acudir, i entender en otras ocupaciones menores; i en recompensa
de este trabajo les
pagā
pagan
los demas
Indios cierto salario, que les està
cargado en sus mesmas tassas, i estan obligados à servirles en algunos ministerios domesticos, i traer
les yerva para sus bestias, i leña i
agua para sus casas.