A que se añade, que por todo derecho divino, natural, i positivo, siempre se ha juzgado por justo, i conveniente, que los premios de cada provincia se repartan entre sus naturales, de que ya dixe algo, i dirè mas en otro capitulo,
i nos dan buena licion de ello en Francia, i en otras partes, donde no solo excluyen de sus oficios, i beneficios à los estraños, pero ni aun de los bienes que en ellas adquieren, por muchos años que las ayan hasbitado habitado , les dexan libre disposicion en su muerte, tomandolos para el Fisco, como vacantes, sino es que ayan ganado cartas que llaman de naturaleza, como lo testifican infinitos Autores.
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