Pero estando en rigor de derecho, bien se vè la justificacion de
ella, pues siendo estas Encomiendas premio de benemeritos, i en
defensa del Reino, no se debian ni
podian dar à los que huviessen ex
cedido en su daño, como ni se pueden dar feudos nuevos à los bandidos, i delinquentes, i aun los antiguos se pierden i quitan por tales causas à los
q̃
que
ya los estan posseyendo, de que se hallarà tanto escrito en Gail, Rosenthal, i otros
Autores Feudales,
que basta
apũ
tarlo
apuntarlo
, demas de que avemos de
bolver sobre ello en otro capitulo.