En nono lugar, aunque por respeto i consideracion muy diversa, hallo prohibidos de recebir i gozar Encomiendas à los señores Cō sejeros Consejeros del Supremo Consejo de las Indias, como parece por una de sus ordenanças.
I à los Virreyes, Presidentes, Oidores, Alcaldes, i Fiscales de las Audiencias de ellas i à los Escribanos de Camara, Contadores de los Tribunales de las Contadurias mayores de cuentas, oficiales Reales, Governadores, i otros ministros de justicia, de quienes se pueda temer, que con la mano del oficio, la tendran para negociarlas.
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