I otras, de los años de 1608. 1621. 1624. 1628. dirigidas à los Virreyes del Perù, i Fiscal de los Charcas, en que se les manda, que recojā recojan todas i qualesquier Bulas, i Breves Apostolicos, en que las Religiones pretẽdierẽ pretendieren fundar su essenciō essencion , i los embiẽ embien al Cōsejo Consejo , para que en el se ordene lo que convẽga convenga , i en el entre tāto tanto no se innove en la paga de los diezmos que antes se solia hazer.
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