I en proprios terminos, tratando de los Aragoneses, los tiene por Estrangeros para todo lo tocante à las Indias, i passar, estar, i comerciar en ellas, Iuan de Hevia Bolaños.
Aunque Yo nunca vi, que esto ultimo se executasse, ni que sobre ello se le moviesse pleito à ningun Aragones, ò le obligassen à componerse por Estrangero. Antes, como el dicho Señor Rey Don Fernando era Aragones, muchos de aquel Reino passaron desde su tiempo, i cada dia passan à las Indias con cargos i oficios muy honrosos, sin licencia, ni dispensacion particular de Estrangeria, i esta costumbre parece que ya passò en fuerça de ley, porque hallo una notable cedula de tres de Enero de 1596. en la qual se manda, que no se proceda contra los de las Islas de Mallorca, i Menorca, como contra Estrangeros, i dà por razō razon : Porq̃ Porque pretẽden pretenden ser reservados por de la Carona Corona de Aragon.
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