I en proprios terminos, tratando de los Aragoneses, los tiene
por Estrangeros para todo lo tocante à las Indias, i passar, estar, i
comerciar en ellas, Iuan de Hevia
Bolaños.
Aunque Yo nunca vi,
que esto ultimo se executasse, ni
que sobre ello se le moviesse pleito à ningun Aragones, ò le obligassen à componerse por Estrangero. Antes, como el dicho Señor
Rey Don Fernando era Aragones, muchos de aquel Reino passaron desde su tiempo, i cada dia
passan à las Indias con cargos i oficios muy honrosos, sin licencia, ni
dispensacion particular de Estrangeria, i esta costumbre parece que
ya passò en fuerça de ley, porque
hallo una notable cedula de tres
de Enero de 1596. en la qual se
manda, que no se proceda contra
los de las Islas de Mallorca, i Menorca, como contra Estrangeros, i
dà por
razō
razon
:
Porq̃
Porque
pretẽden
pretenden
ser reservados por de la
Carona
Corona
de Aragon.