I no obsta à la precedencia que
voy fundando el dezirse en el dicho capitulo 25.
Que el Oidor mas
antiguo se j
unte con el Inquisidor
mas antiguo,
por donde parece,
q̃
que
el Oidor ha de seguir i buscar al
Inquisidor. Porque estas palabras
no dan ni quitan cosa alguna del
derecho que puede por otro camino pertenecer à las partes,
i fue
forçoso que se pusiessen assi,
porq̃
porque
la cedula en que estan se dirigiò à
los mesmos Oidores. I en la
q̃
que
de
la mesma data, i nota se embiò à
los Inquisidores, se dirà sin duda,
Que el Inquisidor mas antiguo
sejũ
te
sejunte
con el Oidor mas antiguo. Fuera
de que ay regla de derecho que
nos enseña, que en cosas ò personas, que assi se juntan en alguna oracion, no se suele ni debe atender
mucho el orden de la letra.
I
q̃
que
aquella
dicciō
diccion
,
Con, quando se pone entre cosas, ò personas, de las
quales la una no es accessoria de la
otra, las junta ambas conigual
dignidad, i dexandolas en la que se
tienen.