Pero no puedo dexar de tocar una, que he visto muy ventilada, en el Consejo. Conviene à saber, si hecha la aprehension por parte del Fisco, en la plata, i oro, ò otros bienes, cuyo comisso se pretende, por dezir, que vinieron fuera de registro, ô que son de mercaderias de contravando, se podrà admitir oposicion, i concurso de acreedores, que pretendan tener derecho anterior à aquellos, i à los demas bienes del delinquente? I brevemente respondo, que aunque en las condenaciones, i confiscaciones, que se hazen por otros delitos, no tiene duda, que deben ser | oidos, i satisfechos, como se dispone, i resuelve por muchas leyes, i Autores que de esto tratan,
en el caso propuesto lo ocasiona muy grande, el no ser esta confiscacion, general de todos los bienes, sino particular de aquellos, que en cayendo en comisso, dexan de ser de aquel cuyos fueron, i los puede tomar el Fisco por suyos, i como suyos, donde quiera que los hallare,
i lo que mas es, aun sin citar, ni oir al dueño, que pretendiere que eran suyos, i que por culpa de otros de quien los confio, se pusieron en causa de descamino, sin ciencia, ni paciencia suya, porque basta que se haga, sustancie, i sentencie la causa contra los mesmos bienes, como por estilo, i costumbre general de todo el mundo, lo assientan por corriente Baldo, Antonio Tesauro, i otros muchos Autores, que refiere, i sigue Bobadilla,
Por dō de donde parece que mucho menos podran ser oidos estos terceros, pues aun quando les concedamos, que tengan general hypoteca en los dichos bienes, essa no parece, que pudo impedir la confiscacion que dellos se haze por el comisso, como ni impidiera la enagenacion, que se hiziera en qualquier tercero, i mas siendo de bienes venales, como lo son de ordinario estos que se aprehenden, i tomā toman por los comissos.
A que se añade, que si se abriesse puerta à lo contrario, estas causas de descaminos, que son breves i sumarias, se harian eternas con el cō curso concurso de los acreedores, i nunca dexaria de averlos, verdaderos, ò maliciosos, para impedir el derecho del Fisco, contra el qual probarian siempre lo que quisiessen.
Loading...