I se puede esforçar con el simil de la prohibicion de no sacar
trigo para otra tierra, en la qual,
por la mesma igualdad de razon,
incurre, el que saca harina, ò pan
cocido, salvo, si el estatuto no dixesse
Trigo en grano,
como lo resuelve bien Bobadilla, citando para ello otros muchos Autores.