De los hijos legitimos

TITVLO. XI.

CAP. I.

CAP. I.

HIjo legitimo es, hijo hecho ſsegun
lei, nacido de padre y madre verdaderamente caſsados ſsegun mãdamanda la ſsancta madre Igleſsia, y ſsi entre los caſsados huuieſsſse algũalgun embargo que ellos no ſsupieſsſsen, o alguno de ellos, los hijos que nacieſsſsen de eſste Matrimonio) en la buena fe de entrambos padres, o de el vno) ſson legitimes, y luego que entrãbosentrambos ſsupieſsſsen el embargo (o tuuieſsſsen mala fe) los hijos que nacieſsſsen, no ſserian legitimos. Si algũalgun embargo ſse puſsieſsſse, mientras no fuere prouado y ſsentenciado, los hijos que nacieren ſson legitimos. Otro ſsi es legitimo el hijo hauido en Barragana, ſsi deſspues la toma el padre por muger legitima, porq̃porque el matrimonio es de tanta fuerça, que a los nacidos legitima, y a la madre ſsi es eſsclaua, la haze libre.
CAP. II.

CAP. II.

SI home ſsoltero con muger ſsoltera fizie
re fijos, e deſspues caſsare con ella, eſstos fijos ſsean herederos.
CAP. III.

CAP. III.

EL Matrimonio con alguna muger, no haze legitimos a los hijos que el padre huuieſsſse hauido en ella de antes, ſsiendo caſsado
con otra, ni los hijos de los que ſse caſsan manifieſstamente en haz de la Igleſsia, no ſson legitimos, ſsi los padres ſabiãsabian algun embargo, por donde no podiãpodian ſser caſsados, aun que no lo denunciaſsſsen.
CAP. IIII.

CAP. IIII.

LOs hijos legitimos tienẽtienen mucha hõrahonra, y
pro porq̃porque ſsuceden en las honras y dignidades de ſsu padre, y pueden ſsuceder a ſsus padres y parientes, y tener orden ſsacro, y dignidad ecleſsiaſstica, o ſseglar.
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