*Pero como, ò en
q̃
que
ſseràn e
ſstos
ſsegundos hijos preferidos? Ha
ſse dudado en las Indias,
ſsi para las gratificaciones
ſse deve tener atencion a las
q̃
que
, por los mi
ſs
mos
ſservicios, por donde
ſse pretenden, e
ſstuvieren |
hechas: como
ſsi los hijos, o nietos de los
q̃
que
ſsirvieron,
fueron premiados, tendran derecho para
ſserlo tambien, por los
ſservicios de
ſsus padres, ò abuelos.
† I
aunque por una i otra parte
ſse alegan buenas razones, parece, que como en e
ſstos es di
ſstributiva la ju
ſs
ticia, i lo que para ella e
ſstà diputado es finito;
ſsi en
todos los
deſcendiẽtes
deſcendientes
de un
Cõquiſtador
Conquiſtador
ſse fue
ſs
ſse
continuando el merito i prelacion,
ſseria mene
ſster
premio infinito, i vendria a faltar para los
q̃
que
de nuevo
ſsirvie
ſs
ſsen: i
ſsi el Conqui
ſstador le tuvo igual a lo
q̃
que
merecia, i por
ſser Repartimiento
ſsucedio en el,
ſsolo
el hijo mayor, i los
ſsegundos quedaron pobres i
ſsin
Indios, ba
ſsteles la calidad, que heredaron de hijos
de benemerito; para que,
ſirviẽdo
ſirviendo
por
ſsus per
ſsonas,
tengã
tengan
calificados los meritos para la
remuneraciõ
remuneracion
:
ſsin que, por
ſsolo hijos de quien fue ba
ſstantemente
premiado, lo ayan de
ſser de nuevo, en la mi
ſsma
ſsuerte de premio, veinte hijos i nietos, que del pueden
quedar.