ARcipre
ſste
b
tanto quiere dezir, como cabdillo de pre
ſstes: e e
ſsto es, por que tiene poder
ſsobre ellos en las co
ſsas que adelante diremos. E los Arcipre
ſstes
ſson en tres maneras, las dos
ſson en las Egle
ſsias Cathedrales: que tienen logares como Deanes. E en otras egle
ſsias Cathedrales, ay otros que non tienen tama
ños logares, como ellos: e
ſsin e
ſstos ay otros Arcipre
ſstes menores, que
ſson pue
ſstos por las villas delos obi
ſspados. E los primeros arcipre
ſstes que tienen logares de Deanes,
ſson mayores que Arcedianos: e deuen fazer
ſsu morada continuadamente en la Egle
ſsia Cathedral, mas q̃
enlos otros logares. E han de tener en guarda todos los pre
ſstes de
ſs
ſsas mi
ſsmas egle
ſsias, donde fueren arcipre
ſstes, e a todos los otros de la cibdad,
ſsegund la co
ſstumbre v
ſsada
c
de cada logar. E quando el Obi
ſspo non fuere en la Egle
ſsia, ellos deuen cantar la mi
ſs
ſsa en
ſsu logar, o mandar a otros que la digan. E los otros Arcipre
ſstes que
ſson en las Egle
ſsias cathedrales, como quier que non tengan tan grand logar como Deanes: e
ſs
ſso mi
ſs
mo han de fazer de
ſsu oficio, como los otros, fueras ende que
ſson menores que los arcedianos, e
ſson tenudos de los obede
ſscer. La tercera manera de los otros, que
ſson pue
ſstos por las villas de los obi
ſspados
ſson menores que los de las Egle
ſsias cathedrales: e cada vno es tenu do de obede
ſscer a
ſsu Arcediano: e de
ſstos atales
ſse entiẽde lo que dize la quar ta ley ante de
ſsta, que deuen
ſser pue
ſstos por el obi
ſspo, e por el Arcediano: e ellos los deuen tirar, quãdo fizieren por que. E las co
ſsas que aque
ſstos han de fazer
ſson e
ſstas
d
, deuen requerir, e vi
ſsitar todas las Egle
ſsias de
ſsus arcipre
ſstadgos, tambien las de las villas, como las de las aldeas: e
ſsaber como biuen los clerigos, e como fazen
ſsu oficio: e otro
ſsi, de que vida
ſson los legos: e
ſsi fallaren que algu nos de
ſstos han fecho algun yerro
e
, deuen gelo fazer enmendar, e ca
ſstigar los que lo non fagan dende en adelante: e
ſsi los yerros fueren atales, que ellos non los puedan ca
ſstigar, nin fazer enmendar deuen lo dezir a los Arcedianos, o a los obi
ſspos que los ca
ſstiguen, e pueden de
ſs
comulgar
f
, e vedar,
ſsegund que dize en la quarta ley ante de
ſsta, que lo pueden fazer los Arcedianos.