FVerça muy grãde ha la co
ſstũbre, q̃ndo es pue
ſsta cõ razõ, a
ſsſsi como diximos, ca las cõtiendas q̃ los omes an entre
ſsi, deq̃ nõ fablan las leyes e
ſscritas, puedẽ
ſse librar porla co
ſstũbre
g q̃ fue
ſsſse v
ſsada
ſsobre las razones
ſsobre q̃ fue la cõtiẽda, e avn ha fuerça de ley. Otro
ſsi dezimos q̃ la co
ſstũbre puede interpretar la ley quãdo acae
ſscie
ſsſse dub da
h ſsobre ella, q̃ an
ſsi como aco
ſstũbrarõ los otros de la entẽder, an
ſsi deue
ſser entẽ dida e guardada. E avn ha otro poderio muy grande q̃ puede tirar las leyes antiguas
iq̃ fue
ſssẽ fechas antes q̃ ella, pues q̃ el rey dela trr̃a lo cõ
ſsintie
ſsſse v
ſsar cõtra ellas tãto tiẽpo como
ſsobre dicho es, o mayor E
ſsto
ſse deue entẽder, quãdo la co
ſstũbre fue
ſsſse v
ſsada gñralmẽte entodo el reyno Mas
ſsi la co
ſstũbre fue
ſsſse e
ſspecial, e
ſstonce no de
ſsataria la ley
ſsino en aq̃l logar
k tan
ſsolamẽte do fue
ſse v
ſsada. E de
ſsata
ſse la co
ſstũbre en dos maneras añq̃
ſsea buena: la j. por otra co
ſstũbre q̃
ſsea v
ſsada cõtra aq̃lla q̃ era primeramẽte pue
ſsta, por mãdado del
ſseñor
l e cõplazer delos dela trr̃a, entẽdiẽdo q̃ era mas
ſsu pro q̃ la primera,
ſsegũ eltiẽpo e la
ſsazõ enq̃ lav
ſsa
ſssẽ: la. ij.
ſsi fue
ſssẽ de
ſspues fechas leyes e
ſscritas o fuero
mq̃
ſsean contrarios della, ca eftõce deuen
ſser guardadas las leyes o el fuero q̃ fuerõ de
ſs pues fechas, e nõ la co
ſstumbre antigua,