Ley. L. Por quantas razones pueden los clerigos dezir dos miſsſsas en vn dia.

DEzir puede el clerigo, dos miſsſsas, h en vn dia, por otras razones, ſsin las q̃ diximos ẽ la ley ãte deſsta. Eſsto ſseria, i como ſsi deſspues q̃ la miſsſsa fueſsſse dicha, murieſsſse alguno: q̃ ouieſsſsen de ſsoterrar, o ſsi le acaeſscieſsſse, q̃ ouieſsſse de fazer aniuerſsario, k o dezir miſsſsa, de requiem por los muertos. O ſsi deſspues q̃ ouieſsſse dicho la miſsſsa, del dia l ſsobreuinieſsſse, algun ome hõrrado, q̃ la quiſsieſsſse oyr, aſssi como rey: o obiſspo, o otro perlado: o algũ rico ome ſseñor detierra. m O ſsi nõ ouieſsſse ſsagrado, Corpus dñi, para comulgar, los enfermos, porq̃ nõ murieſsſse algu no, ſsin comuniõ. O ſsi nouios, n quiſsieſssẽ fazer ſsus bodas: e nõ ouieſsſse otro clerigo q̃ los velaſsſse. Por q̃lquier deſstas razones, puede el clerigo, dezir dos miſsſsas, en vn dia. Pero ſsi enla primera cõſsumio, aq̃l vino, q̃ echã ſsobre los dedos, o quãdo los laua, deſspues q̃ a recibido, el Corpus dñi nõ puede dezir, deſspues la ſsegũda miſsſsa. Eſsto es, porq̃ nõ ſseria ya ayuno: ca por re cibir la hoſstia, e elvino q̃ es el cuerpo, e ſsã gre de Ieſsu Chriſsto, quãdo es cõſsagrado nõ ſse deſsayuna el ome, e eſsto es, porque nõ es comer del cuerpo, p mas del alma. E otro ſsi, el que cãtare miſsſsa, non la deue dezir ſsolo, q ante deue auer conſsigo, vn compañero, alomenos, que le ayude.
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