Ley. II. Porque conuino que fueſsſse Apoſstolico.

COnuino por derecha razon que quando nueſstro ſseñor Ieſsu Chriſsto ſsubio alos cielos que ſsant Pedro a quien auia dado la majoria de los Apoſstoles, e el poder k de abſsoluer, e de ligar, que fincaſsſse en logar del, para guardar ſsus mandamientos, e para fazer alos omes, que vſsaſsſsen dellos. E magner la fe que nos el dio, es muy ſsanta e muy noble en ſsi: pero tanta es la flaqueza de la natura de los omes en ſsi, que ſsi non ouieſsſse, quien los guiaſsſse, e moſstraſsſse la carrera della, podrian errar de manera, que la bondad de la fe, non les ternia pro. Onde por eſsta razon, finco ſsant Pedro en ſsu logar: e deſspues que el murio, fue meneſster l que ouieſsſse otros, que touieſsſsen ſsus vezes, de manera, que ſsiempre ouieſsſse vno, en que fincaſsſse ſsu poder, e eſste es aquel, a quien llagan Apoſstolico, o Papa.
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