La qual inteligencia se tuvo en
aquel tiempo por tan segura, assentada, i notoria, que los Reyes Catolicos, aviendo sobre ello precedido (como es de creer) muchas
consultas de sus Consejos, i Consejeros, i de otros gravissimos
Teologos de dentro i fuera de España, que sobre esto les dieron su
parecer, no dudaron, de que justa
i legitimamente podian, en virtud
de ella hazer las dichas
cōquistasconquistas.
I assi en vna notable carta, ò protestacion, que ordenaron, para que
se leyesse, è intimasse à los Indios,
antes de llegar à hazerles guerra,
ni daño alguno. Cuya nota dize
Antonio de Herrera,
que fue de
aquel docto, i gran Iurisconsulto
de su edad, Dotor Iuan de Palacios Rubios, que tan estimado es
por sus escritos, aun de los Estrangeros. Entre otras cosas que les
mādabanmandaban dezir, i advertir, era, que
lleuaban esta concession Pontificia, i que el que se la avia dado,
era cabeça de todo el linage humano, do quier que los hombres viviessen, i estuviessen, i en qualquier ley,
secta, o creencia;
porque Dios le avia
dado todo el mundo por su servicio, i
j
urisdicion.