En cuyas dotrinas estribava estando Yo en Lima, el Rever. Don
Fr. Pedro Perea Obispo de Arequipa, para dezir que no le prejudicaban ciertos Autos, que contra èl avia pronunciado el Dotor
don Iuan Velazquez Arcediano
de Lima, juez de apelaciones,
nōbradonombrado en
Sedevacante por el Cabildo de la Santa Iglesia Metropolitana de aquella Ciudad, por
ser solo Dotor en Teologia, i aver
en èl, i en ella tantos, i tan suficientes sugetos que pudieran ser nombrados, graduados en derecho
cōformeconforme al Concilio. Pero aviendose llevado este negocio à la Real
Audiencia por via de fuerça, todavia se declarò en ella en favor de
los Autos del Arcediano, por juzgarse, que en esta calidad del grado, no puso mucha fuerça el Concilio,
ni precisò tanto su forma,
que no dexasse arbitrio à los Cabildos para nombrar à otros, que
tuviesse por idoneos i suficientes,
como consta de sus palabras:
O en
otra forma idoneo quanto ser pueda.
Demanera, que usando de esta licencia i alternativa, bien pueden
escoger Prebendado Teologo,
aũaun
que en su Cabildo, ò ciudad aya otros Iuristas, porque las partes i
dotes de aquel, puede ser no concurran
igualmẽteigualmente en estotros,
aũqueaunque le lleven ventaja en el grado.