Las quales cedulas, no vio el Doctor Carrasco,
i todavia resuelve lo mesmo, aunque con alguna duda Pero siendo, como es cierto, que se han despachado, tambien lo es, que el Consejo, que tuvo autoridad para esso, la tendrà para conocer de los pleitos, que a ello tocaren, por la comun, i verdadera dotrina, que enseña,
que regularmente, quien puede hazer leyes, i i estatutos sobre alguna cosa, tiene jurisdicion para juzgar, i determinar los pleitos que se ofrecieren sobre ella.
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