Las quales cedulas, no vio el
Doctor Carrasco,
i todavia resuelve lo mesmo, aunque con alguna duda Pero siendo, como es
cierto,
q̃
que
se han despachado, tambien lo es, que el Consejo,
q̃
que
tuvo
autoridad para esso, la tendrà para
conocer de los pleitos,
q̃
que
a ello tocaren, por la comun, i verdadera
dotrina, que enseña,
que regularmente, quien puede hazer leyes, i
i estatutos sobre alguna cosa, tiene jurisdicion para juzgar, i determinar los pleitos que se ofrecieren
sobre ella.