Por lo qual, siendo muchas las
cartas, i quexas que sobre esto se
escribieron por Virreyes, Prelados, Oidores, i otras personas al
Consejo Real de las Indias, se hizo por el una apretada consulta à
su Magestad, con relacion de lo
q̃
que
passaba, i de los motivos, en
q̃
que
ambos Tribunales fundaban su precedencia, i en vista della, por cedula da da en Madrid à 19. de
Noviẽ
bre
Noviembre
del año de 1618. se declarò,
Que las juntas se hiziessen en una sala delas casas Reales, i
q̃
que
el Oidor auia
de preferir i prefiriesse al Inquisidor