¶ E
ſsta materia de las
cõpẽſacionescompensaciones es muy
vtil, y mucho mas general de lo que
ſse
piẽſapiensa,
porque es el fundamento de todas las Particiones, que no
ſse puede hazer
ſsino
compẽſandocompensando de la vna parte que menos tiene
cõcon la otra
que halleuado mas: como veremos ba
ſstantemente en el Tit. de las particiones. ¶ De la
cõpenſacioncompensacion de delicto, a delicto,
ſse vio en el titulo de los adulterios. ¶ Ahora re
ſsta ver la
conciencia de e
ſste contracto, que aunque parece e
ſstar exempto de fraude, la madre de los
logreros es la compen
ſsacion: y en ella hazen
De las baratas, o mohatras.
ſsu principal fundamento. De aqui
tienẽtienen origen las mohatras, que (por vocablo mas hone
ſsto) llaman baratas. Y antes que venga a los exemplos pongo vna regla genera; La
compẽſaciõcompensacion ha de
ſser en todo y por to do ygual a la
co
ſsa
compẽſadacompensada; a
ſssi re
ſspecto de las co
ſsas entre
ſsi, como de los contrayentes. E
ſsta regla declarare por
exẽplosexemplos. Ninguno hay que no
ſsepa
q̃que el logro e
ſsta prohibido, y todos (a
ſssi los
que lo dan, como los que lo reciben,) lo confie
ſsſsan, y por e
ſsto ninguno lo haze, ni
ſse hallara quien de
ſscubiertamente de veynte ducados por quatro me
ſses, para
q̃que al cabo de ellos
ſse le den veynte y cinco, mas e
ſsto
ſsuple la
cõpẽſacioncompensacion, que dize el que le ha de dar. Yo qui
ſsiera tener dineros para pre
ſstaros e
ſsſsos veynte y cinco ducados, mas no los tengo
ſsino parte, daros he diez y ocho ducados, y vn anillo,
por el qual hallareys luego los
ſsiete ducados.
E
ſste anillo realmente no vale dos ducados, ni |
ſse hallara por el, el mi
ſserable que lo ha de recebir no repara en el valor,
ſsino aquellos diez
y ocho ducados, haze
quẽtaquenta que
ſse halla, y obliga
ſsſse para los quatro me
ſses por todos veynte y cinco. Re
ſsoluamos ahora e
ſste contra
cto, y quitemos le la ma
ſscara con que va di
ſsfraçado, para que veamos bien quien es: y de
quien es compue
ſsto. Quanto a lo primero, el
cõtractocontracto (exteriormente tomado) es licito
ſsancto y bueno; porque veynte y cinco ducados
recibe el obligado, v por
tãtostantos ſse obliga, y
tãtostantos e
ſsta obligado a pagar. E
ſsto es en quanto a
la forma exterior. Mas de
ſsconpongamos le, y
hallaremos que hay empre
ſstido y venta. Empre
ſstido re
ſspecto delos diez y ocho ducados;
y Venta re
ſspecto de el anillo. Ya e
ſste contracto es
cõpueſtocompuesto, mas aqui no parece compen
ſsacion, y
ſsi hay engaño en la venta, dira el que
vende, que no
ſse haze engaño a quien
ſsabe y
mira lo que compra, y
ſsino es co
ſsa que le e
ſsta
bien, que la dexe,
q̃que el no fuerça a nadie. Aqui
entra la Compen
ſsacion tan reboçada, que por
no la
entẽderentender, muchos Doctores aprueuan
cõtractoscontractos muy illicitos. Porque es Compen
ſsacion prepo
ſstera, tomada de el tiempo por venir para el pre
ſsente, de e
ſsta manera. El que da
el anillo y los diez y ocho ducados (en precio
de veynte y cinco) es vi
ſsto obligar
ſse a dar a
aquel que los recibe veynte y cinco ducados
por los quatro me
ſses,
aq̃aque el
ſse le obliga a tornar
ſselos a pagar. E
ſsta obligacion que naturalmente e
ſsta en el que da,
ſsatisfazela con pagar
los diez y ocho ducados, y los otros
ſsiete
cõpenſaloscompensalos con el anillo. Mas como el anillo (
cõformeconforme a la regla pue
ſsta) no es igual en todo y
por todo a los
ſsiete ducados, (
q̃que es la co
ſsa
cõpenſadacompensada) no vale la compen
ſsacion, y en quanto a aquellos
ſsiete ducados coxea e
ſste contracto, y queda muy peor que
ſsi de principio (como pu
ſse el exemplo) fuera v
ſsurario. Y a
ſssi la
compen
ſsacion le haze reprouado. Que
ſsi e
ſste
logrero diera los diez y ocho ducados y el anillo, porque le boluieran los diez y ocho ducados y el mi
ſsmo anillo al cabo de los quatro
me
ſses, no hauia fraude, ni el contracto era reprouado, porque
ſse hazia de dos contractos
ſsimples: Mutuo re
ſspecto de el dinero, y
CõmodatoCommodato,
re
ſspecto de el anillo, y e
ſstos nunca
ſse mezclauan, porque acabo de los quatro me
ſses le boluia
ſsu dinero y
ſsu anillo, mas no lo
da para que
ſse lo bueluan el anillo en e
ſspecie,
ni la
cõpenſacioncompensacion que el haze adelantada (que
yo llame prepo
ſstera) la admitira en el tiempo
que
ſse puede hazer,
q̃que es el de la paga. Por manera que la fraude de e
ſste
cõtractocontracto e
ſsta en la
cõpenſacioncompensacion. Quien podra, o que
lẽgualengua ba
ſsta
ria a
cõtarcontar los logros que oy en He
ſspaña
andãandan, (y de
ſspues que
echarõecharon los Iudios de ella)
han andado, a titulo de e
ſstas baratas, quantas
illu
ſstres ca
ſsas han comido
ſsin
ſsentir
ſse; y
quãtasquantas tienen arruynadas, y reduzidas a grandi
ſsſsima pobreza, y vltimamente a nece
ſssidad de
vender
ſse,
ſsin quedar libres los deudores, y
q̃que
lo que
ſsus padres les
dexarõdexaron ganado de los infieles
cõcon la lança en la mano, vengan los de
ſscendientes de los vencidos, y de los que
morauãmorauan ſsubjectos a ellos, que a vn no
tienẽtienen Rey,
ni le
touierõtouieron de
ſsu gente, a tornarlo a
cõquiſtarconquistar, (como dize el refran de ellos mi
ſsmos)
cõlançaconlança de
anſarõansaron, armados con hojas de papel,
cõcon deue y ha de hauer. Solo vn bien tienen,
q̃que
muchos de e
ſstos han tornado a
ſseruir a Dios
y al Rey,
cõcon la hazienda de e
ſsta manera adquirida. Mas no ba
ſsta pena ni otra co
ſsa a de
ſsarraygar
ſsemejantes delictos, que aunque en
todo tiempo y lugar los deue de hauer hauido, en e
ſste han tenido mas fuerça y v
ſso. Vn e
ſstudiante conoci que hizo (por pa
ſsſsatiempo)
vn libro de mohatras que vio hazer, que cier
to era co
ſsa de reyr. Yo
ſse de algunos
ſseñores
de e
ſstos Reynos a quien
cõcon muy poco dine
ro de
cõtadocontado han dado en mercaderia. Que
ſso
fre
ſsco, Corchetes; E
ſscopetas, Limpiaderas,
Papel de e
ſstraça, Anzuelos, Alfileles, Naypes,
Pa
ſsſsas de Leuante, Laudes, Cardas, Gatos de
đde algalia, Plata labrada, Ruuia, Libros, y e
ſsto
no en poca quantidad
ſsino que hauia partidas
de a diez mil ducados, y en tanta quantidad
q̃que
houo Corredor de cambios (a quien yo conoci, porque era de mi tierra) que con vna
ſsola
per
ſsona gano de
ſsus corretajes (
ſsegun me affirmaron hombres fidedignos que lo podian
ſsaber y
ſsabian) mas de doze mil ducados, vea
ſse
que tanto
ſsubiria la
ſsuma de la deuda principal, quando los corretajes llegauan a tanto?
E
ſsto es lo que note en la regla,
q̃que ſsea co
ſsa im
portante al que la toma; porque
ſsino lo es la
v
ſsura e
ſsta en la mano. El pobre cauallero
q̃que no |
ſsabe con
ſseruar lo que
ſsu padre le dexo en yeruay en va
ſsallos, como
ſsabra grangear la Ruuia, y cardas, y cada co
ſsa de lo que arriba tengo pue
ſsto? La materia es tan importante y tan
v
ſsada, que aunque me alargara mas en ella, no
ſse perdiera nada: mas pa
ſsſso a la
Innouaciõ,Innouacion dõdedonde tambien
ſse
notarãnotaran las fraudes que en aquella paga puede hauer.