QVando el impedimento es por arte de
hechizos, o otro mal hecho (por
dõdedonde
el vno de los ca
ſsados no puede aiuntar
ſse
a el otro) querellando
ſse alguno, o entrambos ante el juez de la Igle
ſsia, deuelos
mãdarmandar
que biuan juntos tres años, y tomarles
juramẽtojuramento, que en e
ſste tiempo hagan entrambos
todo
ſsu poder para aiuntar
ſse en vno, y
ſsi acabado e
ſste tiempo juraren, que hauiendo hecho
ſsu poder (
ſsin engaño ni e
ſstoruo alguno)
no
ſse han aiuntado, deue el juez hazer catar
a el hombre hombres buenos, y a la muger
buenas mugeres, para ver
ſsi
trahẽtrahen verdad, y
de
ſspues deuen jurar con el varon
ſsiete hombres buenos de
ſsus parientes,
ſsi los hai en el
lugar, y
ſsino de otros, y con la muger deuen
jurar otras
ſsiete buenas mugeres de
ſsus
pariẽtasparientas,
ſsi las huuiere en el lugar, y
ſsino otras, y los hombres juren de el hombre que
creẽcreen
que juro verdad, y las mugeres de la muger
lo mi
ſsmo, y hechas e
ſstas
diligẽciasdiligencias deue los
el juez departir, y dar licencia, que cada vno
de ellos
ſse ca
ſse donde qui
ſsiere, o
diſpõgadisponga de
ſsi a
ſsu voluntad.