PVblica es llamada otra manera de penitencia, que
ſse faze concegeramẽte. E e
ſsta es
h, quando mandan a alguno, que vaya en romeria: o trayga cõ
ſsigo palo codal, o e
ſscapulario, o otra ve
ſstidura como de orden: o q̃ traya fierro ceñido en el braço, o en el cuello, o que ande de
ſsnudo, o en paños menores. Otro
ſsi llaman penitencia publica, aquella que fazẽ, yaziendo encerrado en mone
ſsterio, o en otro logar apartadamente, q̃ e
ſste y toda
ſsu vida, por pecado grande q̃ fizo. E por e
ſsso es dicha publica, por que deue
ſser fecha concegeramente. E e
ſsta penitencia puede dar qualquier clerigo mi
ſssacantano
i. E pueden la poner tambien a clerigo
k como a lego. E e
ſsta es la
ſsegunda manera de penitencia. La tercera es aquella que llaman los clerigos priuada: que quiere tanto dezir, como penitencia, que
ſse da priuadamente en poridad: e e
ſsta deuen fazer todos los Chri
ſstianos, toda via, quãdo confie
ſsſsan
ſsus pecados apartadamente.