ENfermo
ſseyendo alguno, que quiera comulgar, deue lo embiar dezir al clerigo mi
ſsſsa cantano, que le lleue el Corpus domini, e el clerigo deue lo lleuar, el mi
ſsmo:
a e
ſsi el non lo podiere lleuar por enfermedad, o por otra premia que aya grande, puede lo embiar al enfermo con vn Euangeli
ſstero,
b e non cõ otro varõ nin muger,
c e quãdo lo qui
ſsiere lleuar, deue
ſse ve
ſstir
ſsu fobrepelliz muy limpia, e leuarlo hon rradamente, e con grand temor ante
ſsus pechos,
d cubierto con paño limpio, e deue fazer leuar ante
ſsi, candela encendida, por dar a entẽder, que aquella Ho
ſstia que lleua, es lumbre verdadera, e durable. E otro
ſsi deue lleuar cruz, e agua bendita, e vna campanilla tañiendo, porque entiendan los omes, que
ſse deuen humillar a dios en
ſsus coraçones, e crezca la fe enellos. E e
ſsta manera es en que deuẽ ve nir, fa
ſsta q̃ lleguẽ al enfermo, e de
ſspues q̃ ouieren comulgado al enfermo deue tornar
e a la Egle
ſsia, e poner el mi
ſsmo el caliz, o la Cu
ſstodia en q̃ lleua el Corpus dñi, e non lo deue dar a otro q̃ lo lleue.