ORnamentos llaman aquellas co
ſsas preciadas que tiene
ſsanta Egle
ſsia apue
ſstas, e honrradas, a
ſssi como dixo la ley ante de
ſsta. Pero aquello a que mayor honrra y fazen (el cuerpo de nue
ſstro
ſseñor Ie
ſsu Chri
ſsto a fuera)
ſson las re liquias delos
ſsantos, cuyos cuerpos fueron canonizados: que quiere dezir tanto, como otorgados por
ſsantos. E e
ſsto non puede otro fazer,
ſsi non la
ſsanta Egle
ſsia de Roma
h e
ſsobre todas las otras reliquias,
ſson mas de guardar las de nue
ſstro
ſseñor Ie
ſsu Chri
ſsto, e las de
ſsu madre
ſsanta Maria. E todas e
ſstas reliquias deuen tener en logar limpio, e mucho honrrado: e deuen
ſser muy honrradas, e muy guardadas con cerradara
i, de tal manera que non las pueda ninguno furtar, nin tomar, para auer las, nin de otra gui
ſsa,
ſsin plazer de aquellos que las tienen en guarda. E non las han de
ſsacar de aquellos logares en que e
ſstouieren, por cobdicia de ganar algo conellas, nin las vender. Ca las
ſsantas co
ſsas non las puede ninguno auer por precio, e porende nõ pueden
ſser vendidas: pues que por ellas non pueden dar colas que tanto valan. E como quier que en las co
ſsas temporales, tanto vale la co
ſsa como lo porque es vendida, e
ſsto non es enlas
ſspirituales: onde qualquier que las vendie
ſsſse, pecaria mortalmente, e faria
ſsimonia
k.